¿Qué es el plan médico único?


 

 

La ley # 158 del 10 de agosto de 2006 que enmienda Ley 95  permite a las Unidades Apropiadas organizadas bajo la Ley 45 negociar un Plan Médico único para los miembros afiliados al 100%. Mediante esta Ley se podrá seleccionar un plan que ofrezca la mejor cubierta con mejores beneficios y al costo más bajo. 

 

Proceso

 

Se le brindará una orientación en horas laborables a los afiliados donde se le explicará en que consiste el tener un plan médico único y los derechos de los afiliados. 

 

Se le entregará una encuesta a cada afiliado para que indiquen si desean que la Unión negocie un Plan Médico Unico y cuales son sus preferencias en cuanto a una cubierta, sus prioridades y necesidades.

 

Se seleccionará un experto o broker cuya responsabilidad será buscar las mejores ofertas para presentarlas al comité evaluador.

 

Cada local seleccionará un Comité  Evaluador de Planes de Salud  que se encargará de analizar y evaluar todos los planes de salud y seleccionará las tres (3) opciones que ofrecen las cubiertas más amplias y las tarifas más razonables.

 

Finalmente se realizará una Asamblea General por cada Unidad Apropiada donde todos los unionados seleccionarán el mejor Plan Médico con la mejor cubierta y al costo más bajo.

 

Ningún miembro desafiliado podrá acogerse a este beneficio ya que es exclusivo para afiliados al 100%.

 

Este proceso deberá realizarse en o antes del 29 de agosto de 2008.