¿Qué es el plan médico único?
La ley # 158 del 10 de agosto de 2006 que enmienda Ley 95 permite a las Unidades Apropiadas organizadas bajo la Ley 45 negociar un Plan Médico único para los miembros afiliados al 100%. Mediante esta Ley se podrá seleccionar un plan que ofrezca la mejor cubierta con mejores beneficios y al costo más bajo.
Proceso
Se le brindará una orientación en horas laborables a los afiliados donde se le explicará en que consiste el tener un plan médico único y los derechos de los afiliados.
Se le entregará una encuesta a cada afiliado para que indiquen si desean que la Unión negocie un Plan Médico Unico y cuales son sus preferencias en cuanto a una cubierta, sus prioridades y necesidades.
Se seleccionará un experto o broker cuya responsabilidad será buscar las mejores ofertas para presentarlas al comité evaluador.
Cada local seleccionará un Comité Evaluador de Planes de Salud que se encargará de analizar y evaluar todos los planes de salud y seleccionará las tres (3) opciones que ofrecen las cubiertas más amplias y las tarifas más razonables.
Finalmente se realizará una Asamblea General por cada Unidad Apropiada donde todos los unionados seleccionarán el mejor Plan Médico con la mejor cubierta y al costo más bajo.
Ningún miembro desafiliado podrá acogerse a este beneficio ya que es exclusivo para afiliados al 100%.
Este proceso deberá realizarse en o antes del 29 de agosto de 2008.